
Pese a la negativa del sector turístico y comercial, la Coepris impondrá las sanciones correspondientes apegadas a la ley
Los Cabos, California. Coepris informó a través de su titular, José Manuel Larumbe, que para los fumadores en áreas no permitidas por la Ley General para le Control del Tabaco habrá multas desde los $10,347 pesos hasta los $414,960 pesos. Sin embargo, hasta el momento, no se ha aplicado dicha multa.
Las multas están establecidas en el artículo 48 de la ley mencionada, por su parte, el monto recaudado irá para el programa contra el tabaquismo y de salud prioritaria, como lo menciona el artículo 50. La ley entró en vigor desde el 15 de enero, lo que llevó al sector comercial a querer poner un amparo en contra de la misma.
“Hemos tenido varias reuniones con empresarios y cámaras y la intención de esta administración es la atención, no afectar a nadie sino evitar riesgos sanitarios que es lo que busca esta ley que es que todo aquel que no es fumador esté libre de humo”.
José Manuel Larumbe
Insistió que ellos deben acatar la ley y que necesitan de la buena voluntad del sector turístico para que los establecimientos sean totalmente libres de humo de tabaco, así mismo, el no ofrecer cigarrillos en los establecimientos comerciales.
Dejó en claro que primero van a agotar todos los requerimientos administrativos antes de llegar a una multa, amonestación o suspensión, dependiendo de cada caso, porque la ley contempla multas elevadas y es importante que el prestador de servicios conozca bien las nuevas disposiciones para su cumplimiento.
Deben establecer claro y preciso, los espacios donde no se permita fumar y en los que sí. Porque, en ocasiones los encargados de aplicar la justicia, por rencillas, diferencias, no querer ponerte la del Puebla, etc, pueda mentir para perjudicar al fumador.