
El acuerdo documentado por un juez federal en razón del incidente por exceso o defecto en el cumplimiento dentro del juicio de amparo promovido por la empresa de plataforma digital proveedora de un servicio de transportación privada, no implica la resolución definitiva de constitucionalidad, así lo informó el titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Dirección de Seguridad Pública de Los Cabos, el licenciado José Luis Peñuelas Cabrera.
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